COMERCIOS DEBERÁN REGISTRARSE PARA EMPEZAR A FUNCIONAR

COMERCIOS DEBERÁN REGISTRARSE PARA EMPEZAR A FUNCIONAR

Las actividades comerciales que se desarrollan en Chivilcoy, exceptuadas de la cuarentena por el Gobierno Nacional, deberán registrarse en la Municipalidad para funcionar y poder circular por la ciudad.
"Necesitamos que todos los negocios de los diferentes rubros, se anoten mediante el e-mail produccion@chivilcoy.gob.ar para poder obtener la aprobación para funcionar y para la circulación", expresó el intendente municipal.
"Desde el Municipio hemos solicitado la flexibilización de las once actividades permitidas por el Gobierno Nacional y ya las hemos mandado detalladas, junto a sus respectivos protocolos sanitarios y de funcionamiento a la Jefatura de Ministros", agregó Guillermo Britos.
Una vez autorizadas por el Gobierno de la Provincia, el Ejecutivo Municipal emitirá el correspondiente Decreto Municipal, permitiendo las diferentes actividades. Recién a partir de ese momento podrán comenzar a funcionar.
Las actividades exceptuadas de la cuarentena, permitidas a funcionar, son:
  • Establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos.
  • Oficinas de rentas de las Provincias, de la Ciudad de Buenos Aires y de los Municipios, con sistemas de turnos y guardias mínimas.
  • Actividad registral nacional y provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas.
  • Venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas, a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio con los debidos resguardos sanitarios, protocolos y planificación de la logística. Los comercios mencionados no podrán abrir sus puertas al público.
  • Atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo.
  • Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo.
  • Ópticas, con sistema de turno previo.
  • Peritos y liquidadores de siniestros de las compañías aseguradoras que permitan realizar la liquidación y pago de los siniestros denunciados a los beneficiarios y a las beneficiarias. En ningún caso se podrá realizar atención al público. Todos los trámites deberán hacerse en forma virtual, incluyendo los pagos correspondientes.
  • Establecimientos para la atención de personas victimas de violencia de género.
  • Producción para la exportación, con autorización previa del Ministerio de Desarrollo Productivo.
  • Procesos industriales específicos, con autorización previa del Ministerio de Desarrollo Productivo.

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