COMERCIOS DEBERÁN REGISTRARSE PARA EMPEZAR A FUNCIONAR
Las actividades comerciales que se desarrollan en Chivilcoy, exceptuadas de la cuarentena por el Gobierno Nacional, deberán registrarse en la Municipalidad para funcionar y poder circular por la ciudad.
"Necesitamos que todos los negocios de los diferentes rubros, se anoten mediante el e-mail produccion@chivilcoy.gob.ar para poder obtener la aprobación para funcionar y para la circulación", expresó el intendente municipal.
"Desde el Municipio hemos solicitado la flexibilización de las once actividades permitidas por el Gobierno Nacional y ya las hemos mandado detalladas, junto a sus respectivos protocolos sanitarios y de funcionamiento a la Jefatura de Ministros", agregó Guillermo Britos.
Una vez autorizadas por el Gobierno de la Provincia, el Ejecutivo Municipal emitirá el correspondiente Decreto Municipal, permitiendo las diferentes actividades. Recién a partir de ese momento podrán comenzar a funcionar.
Las actividades exceptuadas de la cuarentena, permitidas a funcionar, son:
Establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos.
Oficinas de rentas de las Provincias, de la Ciudad de Buenos Aires y de los Municipios, con sistemas de turnos y guardias mínimas.
Actividad registral nacional y provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas.
Venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas, a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio con los debidos resguardos sanitarios, protocolos y planificación de la logística. Los comercios mencionados no podrán abrir sus puertas al público.
Atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo.
Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo.
Ópticas, con sistema de turno previo.
Peritos y liquidadores de siniestros de las compañías aseguradoras que permitan realizar la liquidación y pago de los siniestros denunciados a los beneficiarios y a las beneficiarias. En ningún caso se podrá realizar atención al público. Todos los trámites deberán hacerse en forma virtual, incluyendo los pagos correspondientes.
Establecimientos para la atención de personas victimas de violencia de género.
Producción para la exportación, con autorización previa del Ministerio de Desarrollo Productivo.
Procesos industriales específicos, con autorización previa del Ministerio de Desarrollo Productivo.
¡Recibí GRATIS las novedades y noticias más importantes directamente en tu correo!